La Profepa ha confirmado que levantó la clausura temporal al relleno sanitario intermunicipal de Cholula el pasado 30 de abril.
Sin embargo, advierte que seguirá inspeccionando y supervisando las operaciones de la empresa Pro-Faj Hidro Limpieza S. A. de C. V., encargada del confinamiento de desechos.
Esta empresa deberá presentar un programa de monitoreo para evaluar cualquier impacto negativo en los mantos freáticos debido a la operación del basurero.
En caso de incumplimiento, se impondrá nuevamente una clausura total.
La dependencia emitió un comunicado al mediodía de hoy, recordando que, en febrero pasado.
Se realizó una inspección al vertedero en respuesta a una denuncia presentada por la Asamblea de Pueblos de San Pedro Cholula.
Como resultado, se impusieron medidas urgentes para regularizar la operación y cumplir con los requisitos técnicos de la normativa NOM-083-Semarnat-2003.
Debido a la falta de cumplimiento de estas medidas, se impuso una clausura total temporal el 9 de abril.
Sin embargo, tras una visita realizada los días 22 y 23 de abril, la empresa presentó pruebas de cumplimiento.
Lo que llevó a levantar la sanción el 30 de abril, aunque se exigió la implementación de medidas correctivas adicionales.
La Profepa continuará supervisando para garantizar que se cumplan las siguientes medidas correctivas en la macrocelda del relleno: adecuado manejo de lixiviados, generación de biogás y rehabilitación del sistema de drenaje pluvial.

Además, Pro-Faj debe presentar un programa de monitoreo para evaluar cualquier impacto negativo en los mantos freáticos debido a la operación del relleno. En caso de incumplimiento, se impondrá nuevamente una clausura total.
Es importante señalar que corresponde a las autoridades municipales y estatales autorizar cambios de uso de suelo y la operación de rellenos sanitarios para gestionar los residuos sólidos urbanos.
También les corresponde determinar los tiempos de operación y las especificaciones para los cierres definitivos de los rellenos.
Asimismo, es su responsabilidad supervisar que no se establezcan sitios de disposición que funcionen como tiraderos a cielo abierto y que cumplan con las especificaciones de construcción y operación que establece la NOM-083, según indicó la Profepa.
