El glitter o brillantina ha quedado prohibida este pasado lunes en la Unión Europea por la legislación comunitaria sobre sustancias química.
Esta reciente regulación se inscribe dentro de los planes de Bruselas para alcanzar su meta de reducir la contaminación por microplásticos en un 30% para el año 2030.
Esta restricción se aplica a todas las partículas de polímeros sintéticos de menos de cinco milímetros de tamaño que cumplan con los criterios de ser orgánicas, insolubles y resistentes a la degradación.
Con el propósito de disminuir las emisiones deliberadas de micro plásticos en la mayor variedad de productos posible.
La restricción tiene amplio alcance y abarca todas las partículas de polímeros sintéticos que miden menos de cinco milímetros y que son orgánicas, insolubles y resistentes a la biodegradación.
Algunos ejemplos son estos:
Productos cosméticos: productos con microperlas que pueden ser utilizadas para la exfoliación o con microplásticos que puedan ser utilizados para tener textura, fragancia o color en concreto.
Detergentes, suavizantes, brillantina, fertilizantes, productos fitosanitarios, juguetes, medicamentos y dispositivos médicos, entre otros.
El material de relleno granular utilizado en superficies deportivas artificiales.
La prohibición se aplica después de 8 años.
La prohibición del glitter suelta y las micro perlas comenzará a aplicarse cuando la restricción entre en vigor dentro de 20 días.
En el caso de otros productos, la prohibición de ventas se implementará después de un período más prolongado para permitir que las partes interesadas afectadas tengan tiempo suficiente para desarrollar y adoptar alternativas adecuadas.